Se cumple un año de la prohibición de carga y descarga por parte de los conductores
Se trata de una de las medidas históricamente demanda por las Asociaciones profesionales de transporte que está teniendo un cumplimiento bastante alto y un control por parte de la inspección de transporte
El próximo día 2 de septiembre de 2023 se cumple un año desde que se prohibiera, con carácter general, que los conductores de vehículos de transporte de mercancías de más de 7,5 toneladas de masa máxima autorizada participen en las operaciones de carga y descarga. Este histórico cambio normativo recogido en la Disposición Adicional Decimotercera de la LOTT,introducida por el Real Decreto-Ley 3/2022, de 1 de marzo y modificada por el Real Decreto-Ley 6/2022, de 1 de agosto, adquirió plena vigencia en septiembre, tras un periodo transitorio de seis meses que se dispuso para que el mercado se adaptase a la nueva norma.
Establecida la prohibición, hay que diferenciar este apartado de la posibilidad de que la empresa de transporte (el porteador como dice la norma) pueda negociar en la contratación del transporte que se vaya a hacer cargo de la carga y/o descarga de la mercancía, pero en ese caso debe hacerlo obligatoriamente con personal distinto al conductor.
Este hecho ya se permitía, lo que se hace ahora es dotarlo de mayores garantías para el porteador de manera que, si esto se acuerda, se haga por escrito, antes de la puesta a disposición del vehículo para la carga y/o descarga y que quede claramente reflejado que se ha pagado por este servicio de manera separada al del servicio de transporte.
En este primer año de prohibición, según las informaciones que nos trasmiten los profesionales, el nivel de cumplimiento es bastante alto, aunque hay algún cargador que ha pretendido utilizar diversas estratagemas para saltarse esta prohibición. Para evitar malas interpretaciones interesadas el Ministerio de Transportes colgó en su web un Documento de preguntas frecuentes en las que ha pretendido dar respuesta a las principales cuestiones planteadas por los diferentes agentes del sector en relación a su aplicación. puedes descargarlo AQUI
Por otro lado, el Plan Nacional de Inspección del sector del transporte por carretera para el año 2023, prioriza ya algunos de los cambios normativos recientes, entre ellos lo referido a la lucha contra la morosidad, el control de los precios del transporte, el cumplimiento de la prohibición de carga y descarga y las empresas buzón deslocalizadas que operan en España.
No hay comentarios:
Publicar un comentario