viernes, 28 de febrero de 2025

Descartan el retorno obligatorio de los camiones

dumping social transporte

No obstante, el Comisario de Transportes  afirma que vigilará cualquier impacto negativo que su anulación pueda ocasionar en las condiciones de trabajo de los conductores profesionales

El pasado mes de Octubre,  los países del Este consiguieron tumbar ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea uno de los asuntos más controvertidos de la nueva regulación y que se convirtió en una de las medidas más significativas del paquete de movilidad, en concreto, la obligación del retorno de los camiones a sus países de establecimiento cada ocho semanas, la cual fue declarada nula más por el fondo por motivos técnicos, en concreto por la falta de información suficiente cuando se adoptó la medida para poder evaluar su proporcionalidad.

Desde entonces,  el resto de países que han impulsado desde el principio el paquete de movilidad para el transporte por carretera en Europa, esperaban un movimiento por parte de la Comisión Europea que restableciera  esta prohibición.

Condiciones de trabajo de los conductores profesionales

Sin embargo, el actual Comisario europeo de Transportes, el griego Apostolos Tzitzikostas, ha manifestado que por ahora descarta restablecer dicha medida, ya que a su entender provocaría “ineficiencias en el sistema de transporte y un aumento de las emisiones y congestión innecesarias”, aunque en todo caso la Comisión europea “estará atenta a cualquier impacto negativo que la anulación de la disposición sobre el retorno obligatorio  de los camiones pueda tener, especialmente en las condiciones de trabajo de los conductores profesionales, y adoptará en su caso las medidas oportunas”.


Ofensiva de los Países del Este

Desde la aprobación en 2020 del Paquete europeo de Movilidad en los últimos años los países del Este de Europa han venido llevando a cabo una fuerte ofensiva judicial contra buena parte de la regulación contenida en el Paquete de Movilidad, que fue aprobado por una amplia mayoría en el Parlamento Europeo en el año 2020, ante las consecuencias tan letales que algunos aspectos sociales y de competencia leal contenidos en dicho paquete legislativo representan para la predominancia que han venido teniendo las flotas de transporte radicadas en dichos países. 

Esta posición ha contado durante estos años atrás con un aliado de primer orden, en concreto de la anterior Comisaria europea de Transportes, la rumana Adina Valean, quien públicamente manifestó en reiteradas ocasiones su postura contraria a dicha regulación que fue aprobada antes de que ella accediera a la Comisaría europea de Transportes.

¿Qué querían derogar los Países del Este?

Como se recordará, Lituania, Bulgaria, Rumanía, Chipre, Hungría, Malta y Polonia  interpusieron recursos de anulación ante el Tribunal de Justicia contra el Paquete Movilidad, 2 adoptado por el legislador de la Unión Europea, es decir, el Parlamento y el Consejo,  en 2020.

Dichos Estados miembros impugnan, en particular

1) la prohibición de que los conductores disfruten de su período de descanso semanal  regular o compensatorio  en el vehículo

2. la obligación de las empresas de transporte de organizar el trabajo de sus conductores de forma que éstos puedan regresar, durante su jornada laboral, cada tres o cuatro semanas al centro de explotación de la empresa o a su lugar de residencia, para iniciar o efectuar en él al menos su período de descanso semanal normal o compensatorio;

3. El adelanto  de la fecha de entrada en vigor de la obligación de instalar tacógrafos inteligentes de segunda generación y, en general, la fijación de la fecha de entrada en vigor de la prohibición y la obligación mencionadas;

4. La obligación de que los vehículos utilizados para el transporte internacional vuelvan a un centro operativo situado en el Estado miembro de establecimiento de la empresa de transporte de que se trate cada ocho semanas;

5. el período de espera de cuatro días durante el cual, tras un ciclo de cabotaje realizado en un Estado miembro de acogida, los transportistas (no residentes) no están autorizados a realizar operaciones de cabotaje con el mismo vehículo en el mismo Estado miembro;

6. la clasificación de los conductores como «trabajadores desplazados» cuando realicen operaciones de cabotaje, operaciones de transporte de un Estado miembro a otro en el que ninguno de los dos sea el Estado miembro de establecimiento de la empresa de transporte (las denominadas operaciones «cross trade»)  o determinadas operaciones de transporte combinado,  de modo que se benefician de las condiciones de trabajo vigentes en el Estado miembro de acogida, en particular en materia de retribución.

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