Las normas que la DGT estrenará a partir del 2 de enero

El Consejo de Ministros del pasado 10 de noviembre aprobó un paquete de medidas que pretenden reducir el número de muertes y heridos graves en las carreteras españolas.

A partir del próximo 2 de enero entran en vigor algunas de las nuevas reformas del reglamento aprobadas por la Dirección General de Tráfico (DGT), tal y como recuerda Diario Motor. El Consejo de Ministros del pasado 10 de noviembre aprobó a propuesta del Ministerio del Interior un paquete de medidas que pretenden reducir un 50% el número de fallecidos y heridos graves en accidentes de tráfico durante la próxima década.

Una de las medidas más importantes está relacionada con el uso del teléfono móvil. Supondrá una sanción de 500 euros y la retirada de 6 puntos (anteriormente se quitaban 3). No sólo se aplicará a los conductores que vayan hablando, sino también a los que lo utilicen de cualquier forma o incluso sujetándolo.

Mal uso de los dispositivos de seguridad

Circular sin casco, cinturón o dispositivos de retención infantil llevará aparejada la reducción de 4 puntos (hasta ahora eran 3), mientras que la multa seguirá siendo de 200 euros. Asimismo, el mal uso de estos elementos (llevar el casco sin abrochar o la banda diagonal del cinturón tras la espalda) implicará la misma sanción.

También supondrá una multa llevar en el coche un detector de radares, que implicará un castigo de 3 puntos y 200 euros. Actualmente, sólo se sanciona a los conductores que los llevan encendidos, aunque muchos los apagaban al llegar a un control y posteriormente los volvían a activar.

Otros cambios

La reforma suprimirá el margen de 20 km/h en que se podía exceder el límite de velocidad en las carreteras convencionales de doble sentido para adelantar. Pese a que esta nueva regla ha generado polémica, la DGT declaró que era necesaria para igualarnos al resto de países europeos.

El Reglamento General de Circulación, concretamente su artículo 38, que afecta a los dispositivos de movilidad personal, también ha sido modificado. A partir de ahora, se prohibirá su circulación por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías que transcurren dentro de poblado, así como en túneles urbanos.