jueves, 22 de agosto de 2024

Adios a los plazos abusivos

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El Parlamento  Europeo acaba de aprobar el Reglamento contra la morosidad que prevé sancionar a las empresas morosas si exceden del plazo de pago general fijado en 30 días


El Parlamento Europeo aprobó, la semana pasada  el Reglamento Europeo contra la Morosidad, que marcará “el fin de los plazos abusivos que minan la competitividad y viabilidad de las empresas, especialmente las pymes y autónomos, afectando su productividad y capacidad de empleo”,  en opinión del presidente de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad, PMcM, Antoni Cañete, quien además añade que  “supone un avance extraordinario, democrático y sin precedentes, pero nos falta todavía el broche final, que es que se apruebe definitivamente en el Triálogo, esto es, en las próximas negociaciones entre el Consejo de la Unión Europea, el Parlamento Europeo y la Comisión Europea. 

El Triálogo se celebrará tras las próximas elecciones al Parlamento Europeo de junio, una vez constituido y bajo la presidencia de la Unión Europea por parte de Hungría. “Que el Reglamento Europeo se apruebe más rápido o con mayor lentitud dependerá, en parte, del Gobierno húngaro, que son los que tienen que promover el acuerdo en el Consejo de la Unión Europea”, aclara Cañete.

Los países sin morosidad: Alemania, Francia, Holanda

Sin embargo, pese a ser un buen paso a delante, aún no está todo dicho, pues en el seno de uno de los órganos que debe dar su visto bueno, el Consejo de la Unión Europea podrían  surgir opiniones contrarias a la aprobación del Reglamento Europeo.  Tal y como destacan desde la , PMcM “tenemos constancia de que hay determinados países (como Alemania, Francia y Holanda) que, al no sufrir problemas de morosidad, no es que no necesiten esta normativa, sino que además su futuro funcionamiento les supondría un añadido de burocracia que se quieren evitar, y es por ello que quizás decidan oponerse a su aprobación”. 

Sanciones y plazos de pago más cortos

El nuevo reglamento será de obligado cumplimiento, por lo que todos los Estados miembros tendrán que cumplirlo una vez que se apruebe definitivamente. La  redacción de este reglamento prevé sancionar a las empresas morosas si exceden del plazo de pago general fijado en 30 días (o en 60 para casos de necesidad de periodo de certificación o en 120 días para los artículos de baja rotación).   

Además de las sanciones y de los plazos de pago fijados, en el Reglamento Europeo está previsto que haya la posibilidad de compensación de créditos con las Administraciones públicas  cuando se trate de contratos públicos; y que se prohíba la utilización de medios de pago que alteren las condiciones de pago.


Incumplimiento de los plazos de pago en España

El presidente de la PMcM, Antoni Cañete, denuncia que “la morosidad es una lacra en España. Según nuestro último informe anual, durante 2023 el plazo medio de pago del sector privado aumentó 3 días (hasta los 70 días de media), mientras que el del sector público se redujo en 12 días (hasta situarse en una media de 55 días). En ambos casos son registros que sobrepasan los plazos medios de pago establecidos por la Ley 15/2010: un total de 60 días para las empresas y de 30 días para las AA.PP.

Concretamente en el sector privado, para el 59% de los encuestados el tipo de cliente por tamaño de empresa que más tarda en pagarles son las grandes empresas (las que tienen una facturación superior a 50 millones de €). Solo el 19% de las grandes compañías les pagan dentro del plazo legal.    

Mejora la morosidad en transporte

La adopción de un control reglamentario de la morosidad y las consiguientes sanciones a su incumplimiento funcionan y tienen su ejemplo más claro en el transporte por carretera, donde el régimen sancionador de lucha contra la morosidad aprobado a finales de 2021, unido a la intensa actividad llevada a cabo por los Servicios de Inspección de Transporte en este ámbito en los últimos meses, con una campaña de control llevada a acabo de oficio tanto a empresas cargadoras como intermediarias, están contribuyendo de forma decisiva a mejorar la situación de los plazos de pago a los transportistas.

Así, el pasado mes de marzo se produjo una fuerte disminución en los plazos de pago frente al mes anterior, situándose por primera vez desde que se viene elaborando el Observatorio permanente de la morosidad en 64 días, por tanto muy próximo al plazo de máximo legal de pago que marca la ley.

Un 7% de empresas paga a mas de 120 días

En este mes de las empresas cargadoras e intermediarias que incumplen la legislación sobre morosidad, en el 70% de los casos los excesos de plazo de pago son leves, esto es, entre 60 y 90 días. Sin embargo, en el lado opuesto hay un 7% de empresas incumplidoras que aún pagan de 120 días, aunque inferior al que se producía en 2022 en el que esta franja de incumplimiento se situaba en más del 20%..

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