sábado, 9 de abril de 2016

Cláusulas suelo, ¿ahora qué?

Expertos hacen un llamamiento a la calma tras la sentencia de un juzgado de Madrid, que no es firme Recomiendan "no firmar nada con el banco.

La confusión estaba servida desde primera hora de la mañana, con titulares haciendo alusión a 40 bancos condenados a devolver las cláusulas suelo desde mayo de 2013. En la provincia de Málaga existen del orden de 80.000 familias con contratos hipotecarios a los que se les sigue aplicando este punto, miles de ellas con sus casos particulares en manos de los saturados juzgados de lo Mercantil de Málaga, a la espera de una fecha para la vista oral. Por lo que las llamadas a los despachos de abogados se sucedieron durante toda la jornada con el objetivo de conocer de qué manera podría llegar a afectar la citada condena. 

Y la recomendación de los abogados consultados por este periódico es bien sencilla: Una llamada generalizada a la calma, lo primero, porque supone un pronunciamiento judicial en primera instancia -no es firme- que viene a refutar lo que ya dijo el Tribunal Supremo, que este tipo de cláusulas son nulas siempre y cuando el usuario no hubiera sido debidamente informado, es decir, cuando se produjera una falta de transparencia en la firma del contrato. En segundo lugar, está por definir si afectaría a todos clientes con cláusulas suelo de los bancos condenados o únicamente a los 15.000 representados en la demanda colectiva interpuesta que ha dado lugar a este dictamen del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid; toda vez que las entidades financieras presenten sus recursos y se dicte sentencia firme. Y por último, aún está pendiente el pronunciamiento de Europa respecto a si una vez declaradas nulas, procede la devolución de las cantidades cobradas de más desde que al cliente se le aplicó la cláusula o desde que el Tribunal Supremo se pronunció sobre las mismas en 2013. 

Los letrados matizan que algunas entidades financieras ya se han apresurado a responder que sus cláusulas suelo son transparentes, insistiendo en que debe examinarse cada caso de manera individual, por lo que previsiblemente recurrirán la sentencia, para lo que tienen un plazo de 20 días. Carlos Cómitre, del Ley 57 Abogados, pone especial atención precisamente a que se condena a "eliminar las citadas cláusulas de los contratos en que se insertan y a cesar en su utilización de forma no transparente". Así que Cómitre insiste: "Dudo mucho que ningún banco vaya a llamar a su puerta a devolver ningún dinero". Otra cosa sería que la oficina, como muchas entidades ya están haciendo, "se interese por eliminar la cláusula", concreta, pero a cambio de que el cliente renuncie a emprender acciones legales de reclamación de cantidades, "que le pertenecen". Respecto a la devolución de las cantidades, el abogado indica que por seguridad jurídica, "hubiera sido más conveniente esperar un poco para fundamentar la condena de forma más sólida", una vez que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resuelva la cuestión planteada por un juez de Granada sobre desde cuándo procede devolver las cantidades. 

El abogado y economista Vicente Morató, socio director de Martínez-Echevarría, pone especial atención a la interpretación de la sentencia. Morató considera que los efectos del pronunciamiento del juzgado madrileño "recaerán únicamente sobre los 15.000 clientes de las entidades que interpusieron una demanda conjunta" a través de la asociación Adicae. Para los afectados en general por la cláusula suelo, recomienda emprender acciones judiciales individuales, aunque pertenezcan a uno de los 40 bancos condenados ahora. Morató recuerda que jurídicamente el asunto es más que evidente, operando "la nulidad y la devolución de cantidades, por lo que cuanto más tiempo se pierda, más tardará el cliente en que el banco le elimine la cláusula abusiva". Por eso también recomienda "no firmar absolutamente nada" con las entidades financieras y buscar el asesoramiento profesional. "El banco sabe que es un riesgo enorme", concluye.

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