jueves, 22 de agosto de 2024

Bulos de hidrocarburos

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En la última semana han circulado por redes sociales diferentes ofertas y anuncios, cuando menos precipitados, dirigidos a transportistas ofreciendo la posibilidad de reclamar contra el Estado por la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que declara ilegal el tramo autonómico del impuesto de hidrocarburos vigente de 2013 a 2018


La reciente sentencia dictada por el Tribunal de Justica de la Unión Europea por la que declara contrario al derecho europeo el tramo autonómico del impuesto de hidrocarburos que estuvo vigente desde 2013 a 2018, ha generado la proliferación de diferentes ofertas   y anuncios, cuando menos precipitados,  si no directamente  engañosas,dirigidos a transportistas ofreciendo la posibilidad de reclamar contra el Estado por la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Estas informaciones viralizadas a través de las redes sociales pueden crear “un espejismo” no realista a los transportistas españoles por la posibilidad de reclamar de nuevo contra el Estado por el impuesto soportado durante dichos años, tal y como advierten  desde Fenadismer

Como indicábamos en nuestra publicación sobre esta noticia el pasado 31 de mayo, el hecho de que el TJUE haya declarado ilegal el impuesto no significa, al menos directamente ni en todos los casos,  que vaya  a poder reclamarse la devolución de todo lo cobrado de forma ilegal, una posibilidad de la que se beneficiarían especialmente los transportistas.


No es el mismo caso que el “Céntimo sanitario”

Primero que nada falta que   el Tribunal Supremo dicte la sentencia confirmando el pronunciamiento del Tribunal europeo.   Además, contrariamente a lo que ocurrió en su momento con el llamado 

céntimo sanitario

,  un caso parecido pero en el que los actores directamente afectados pudieron reclamar el reintegro de los impuestos pagados de más con más o menos efectividad, en este caso el escenario es mucho más complicado.

Hay que tener en cuenta que en este caso la mayoría de los transportistas no estarían legitimados al no poder justificar perjuicio alguno al haber estado acogidos al gasóleo profesional durante esos años, ya que el importe que se les devolvió vía gasóleo profesional es el mismo importe que ahora ha declarado ilegal el Tribunal de Justicia.


Las dificultades para reclamar

Pero es que de aquellos transportistas no  acogidos a gasóleo profesional, esto es, vehículos de menos de 7,5 tns las posibilidades de que prosperara dicha reclamación son muy limitadas,  ya que no podrían por vía de devolución de ingresos indebidos al haber prescrito la acción  teniendo en cuenta que han pasado más de 6 años desde que estuvo vigente y en el caso de la reclamación por responsabilidad patrimonial los requisitos exigidos para su interposición son muy restrictivos.

Desde esta organización   han reiterado su advertencia a todos los transportistas para que “sean cautelosos hasta que el Tribunal Supremo dicte la sentencia confirmatoria del pronunciamiento del Tribunal europeo, y en consecuencia que “no se dejen engañar” ante posibles ofertas tentadoras que puedan encontrar en el mercado no especializadas en este tipo de reclamaciones, con el riesgo de que no sólo no obtener nada sino que además puedan ser condenados en costas”.

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